El instrumento de planificación que guía el desarrollo sostenible, la protección ambiental y la gestión del territorio en el cantón de Poás.
Consulta y descarga la documentación actualizada del Plan Regulador Cantonal de Poás.
El Plan Regulador es el instrumento de planificación local que define el uso de la tierra y las normas de desarrollo en nuestro cantón. Su objetivo es garantizar un crecimiento ordenado y sostenible, protegiendo las zonas de recarga hídrica y gestionando el riesgo volcánico.
Definición de áreas residenciales, comerciales, industriales y de protección para un uso ordenado del territorio.
Resguardo de bosques, nacientes y corredores biológicos esenciales para la biodiversidad local y las zonas de recarga hídrica.
Normativa especial para las zonas de influencia directa del Volcán Poás y sus áreas de restricción.
Protección de acuíferos Poás, Colima y Barva, zonas de recarga y ríos del cantón como recurso estratégico.
Regulación de construcciones, retiros, alturas y densidades para garantizar la calidad de vida de la comunidad.
| Código | Zona | Usos Permitidos |
|---|---|---|
| ZR | Residencial | Vivienda unifamiliar y bifamiliar |
| ZC | Comercial | Comercio, servicios y oficinas |
| ZM | Mixta | Residencial con comercio menor |
| ZI | Industrial | Agroindustria y talleres |
| ZP | Protección | Sin construcción — conservación ambiental |
Herramienta técnica del INVU que orienta a los gobiernos municipales en la formulación, actualización y modificación de los Planes Reguladores en Costa Rica.
Arts. 169 y 170 — Autonomía y competencia municipal para administrar y planificar el territorio.
Otorga al INVU la potestad de planificar el desarrollo urbano y preparar Planes Reguladores.
Ley marco: define el Plan Regulador, su contenido mínimo (Art. 16), procedimiento (Art. 17) y los cinco Reglamentos de Desarrollo Urbano (Art. 21).
Introduce el ordenamiento territorial como concepto legal ligado al desarrollo sostenible.
Crea el Sistema Nacional de Planificación e integra la dimensión regional y urbana.
Regula la incorporación de la Variable Ambiental en Planes de Ordenamiento Territorial mediante la metodología EIVA-POT.
🏢 Instituciones Responsables
Análisis multidimensional por cinco ejes: Social, Físico-Espacial, Económico, Político-Institucional y Jurídico. Incluye Atlas Cartográfico con mapas temáticos.
Proyección de tendencias y construcción de escenarios futuros (prospectiva territorial) para anticipar cambios y orientar el desarrollo sostenible.
Define principios, objetivos de desarrollo urbano, acciones estratégicas y horizonte temporal de planificación.
5 reglamentos obligatorios (Art. 21, Ley N.° 4240): Zonificación, Fraccionamiento, Construcciones, Mapa Oficial y Renovación Urbana.
IFA, DAM, RIC e IME. Requiere aprobación de Viabilidad Ambiental por parte de la SETENA.
Representación cartográfica georreferenciada en proyección oficial CRTM-05 que integra capas de información del territorio.
Designación del Órgano Local de Planificación; gestión financiera; delimitación del área; contratación del Equipo Planificador; elaboración de la Estrategia de Participación Ciudadana con enfoque de género y diversidad.
Recopilación de datos, selección de escalas, integración de capas cartográficas y validación del mapa base.
Aplicación de la metodología EIVA-POT (IFA o DAM-RIC-IME) con coordinación ante SETENA.
Análisis de la situación actual por ejes temáticos; sistematización de datos y elaboración del atlas cartográfico de diagnóstico.
Proyección de tendencias y construcción de escenarios futuros; recomendaciones estratégicas.
Formulación de la Política de Desarrollo Urbano y redacción de los Reglamentos de Desarrollo Urbano; atlas cartográfico de propuesta.
Convocatoria formal (mínimo 15 días hábiles); recopilación de observaciones ciudadanas; informe de audiencia; consideraciones especiales para Pueblos Indígenas.
📌 Pasos posteriores a las etapas de elaboración:
A través del Reglamento de Zonificación define usos conformes, condicionales, no conformes y prohibidos en cada zona del cantón.
Los reglamentos regulan densidades, alturas, coberturas, retiros y tamaños mínimos de lote, controlando la forma e intensidad del desarrollo urbano.
Integra la variable ambiental y considera el cambio climático, áreas de fragilidad y zonas de riesgo, limitando el desarrollo en territorios vulnerables.
El Mapa Oficial y el Mapa de Vialidad determinan la red vial cantonal y las reservas para servicios públicos, parques y facilidades comunales.
Se coordina con el Plan Nacional de Desarrollo Urbano, los Planes de Desarrollo Rural Territorial del INDER y otros instrumentos sectoriales.
Es el instrumento de referencia que la municipalidad utiliza para otorgar permisos y controlar el desarrollo del territorio en tiempo real.
La Audiencia Pública garantiza que la comunidad incida en las decisiones territoriales, convirtiendo el plan en un instrumento de gobernanza local.